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Prohibición de Visados y Estatus Migratorio para Titulares de Pasaportes Palestinos

Esta ley prohíbe la emisión de visados de inmigrante y no inmigrante, el estatus de refugiado, el asilo y el estatus de protección temporal a personas que posean pasaportes o documentos de viaje emitidos por la Autoridad Palestina. Esto significa que los ciudadanos con dichos documentos no podrán ingresar a EE. UU., y aquellos que obtuvieron el estatus después del 1 de octubre de 2023 podrían perderlo y enfrentar la expulsión.
Puntos clave
Las personas con pasaportes palestinos no recibirán visados de EE. UU., estatus de refugiado o asilo.
Los visados y estatus obtenidos por estas personas después del 1 de octubre de 2023 serán revocados.
Estas personas serán consideradas inadmisibles en EE. UU. y podrán ser expulsadas.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Expirado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_6211
Patrocinador: Rep. Zinke, Ryan K. [R-MT-1]
Fecha de inicio: 2023-11-02