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Requisitos de informes para el programa Military OneSource

Esta Ley ordena al Secretario de Defensa que presente informes a los Comités de Servicios Armados sobre el programa Military OneSource. Los informes deben incluir una contabilidad de los costos para el Gobierno Federal, estadísticas de uso y datos demográficos de los miembros de las Fuerzas Armadas que utilizaron el programa. Además, los informes deben enumerar todos los servicios ofrecidos, el costo de cualquier servicio para un miembro y los criterios para agregar o descontinuar servicios.
Puntos clave
El Secretario de Defensa debe presentar un informe sobre el programa Military OneSource dentro de los 180 días posteriores a la promulgación, y posteriormente en los años fiscales 2025 a 2029.
Los informes deben detallar los costos del programa, el número total de personas que utilizan el programa y la demografía específica de los miembros de las Fuerzas Armadas, como raza, género y lugar de servicio.
La legislación exige la divulgación de todos los servicios ofrecidos, los servicios más utilizados y el costo de cualquier servicio para un miembro.
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Número de impresión: 118_HR_6386
Patrocinador: Rep. McClellan, Jennifer L. [D-VA-4]
Fecha de inicio: 2023-11-13