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Monumento al SIDA de Fire Island: Honrar y Educar a Futuras Generaciones

Esta ley autoriza la creación de un monumento en Fire Island para honrar a quienes fallecieron a causa de la epidemia de SIDA. Su objetivo es servir como lugar de recuerdo y herramienta educativa para las futuras generaciones, informándoles sobre el impacto de la epidemia en las comunidades locales. Es importante destacar que la construcción y el mantenimiento del monumento se financiarán exclusivamente con fondos privados, sin dinero de los contribuyentes.
Puntos clave
Establecimiento de un monumento en Fire Island National Seashore en honor a las víctimas del SIDA.
Propósito educativo: informar a las futuras generaciones sobre el impacto de la epidemia de SIDA.
No se utilizarán fondos federales; la financiación provendrá únicamente de fuentes privadas.
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Información adicional
Fire Island AIDS Memorial Act
Número de impresión: HR 6812
Patrocinador: Rep. Garbarino, Andrew R. [R-NY-2]
Fecha de inicio: 2023-12-14