Crédito fiscal por donaciones a centros de apoyo al embarazo calificados.
La ley establece un nuevo crédito fiscal para individuos y empresas que donen a centros de apoyo al embarazo que cumplan con ciertos requisitos. Los ciudadanos pueden reclamar un crédito equivalente al 50% de sus contribuciones, incentivando el apoyo financiero a estas instalaciones. El límite máximo de la donación elegible para el crédito es de 10.000 USD (20.000 USD para declaraciones conjuntas).
Puntos clave
Nuevo Crédito Fiscal: Permite a los contribuyentes deducir el 50% de las donaciones a centros de apoyo al embarazo directamente de su obligación tributaria.
Límite de Donación: La contribución máxima elegible para el crédito es de 10.000 USD anuales (20.000 USD para matrimonios que declaran conjuntamente).
Definición de Centro: Los centros calificados deben proporcionar asistencia gratuita y no deben realizar, inducir, referir o aconsejar a favor de abortos.
No Doble Beneficio: Las donaciones utilizadas para este crédito no pueden ser reclamadas como ninguna otra deducción o crédito fiscal.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_7045
Patrocinador: Rep. Miller, Carol D. [R-WV-1]
Fecha de inicio: 2024-01-18