Permiso Familiar para Personal de Apoyo Educativo: Nuevas Reglas
Esta ley extiende la elegibilidad para la Ley de Licencia Familiar y Médica (FMLA) a los profesionales de apoyo educativo, incluyendo paraeducadores, personal administrativo, conserjes y trabajadores de servicios de alimentos. Este cambio permite a estas personas tomar una licencia protegida por eventos importantes de la vida, brindando mayor seguridad y estabilidad. Las enmiendas buscan mejorar el equilibrio entre la vida laboral y personal de estos empleados, impactando positivamente su bienestar y su capacidad para cuidar a sus familias.
Puntos clave
Los profesionales de apoyo educativo (por ejemplo, paraeducadores, personal administrativo, conserjes, trabajadores de servicios de alimentos, conductores de autobuses escolares, personal de salud) son elegibles para la licencia familiar y médica.
El requisito de horas de servicio para estos empleados se cumple si trabajaron al menos el 60% de sus horas mensuales esperadas en el año escolar anterior.
Los empleadores deben mantener registros de las horas mensuales esperadas para cada profesional de apoyo educativo.
El Secretario puede establecer un método para calcular el derecho a licencia para este grupo de empleados.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_770
Patrocinador: Rep. Casten, Sean [D-IL-6]
Fecha de inicio: 2023-02-02