Cobertura de seguro obligatoria para terapia de enfriamiento del cuero cabelludo.
Esta ley exige que los planes de seguro de salud públicos y privados (incluidos Medicare, Medicaid y VA) cubran el costo de los dispositivos de enfriamiento del cuero cabelludo utilizados para prevenir o reducir la caída del cabello durante la quimioterapia. Efectiva a partir del 1 de enero de 2025, esta medida alivia significativamente la carga financiera de los pacientes con cáncer. Los costos de bolsillo del paciente para estos dispositivos deben ser iguales a los aplicados a los medicamentos oncológicos intravenosos.
Puntos clave
Las aseguradoras deben cubrir los dispositivos de enfriamiento del cuero cabelludo (gorros fríos) utilizados para mitigar la pérdida de cabello durante la quimioterapia.
Los requisitos financieros del paciente (copagos, deducibles) para estos dispositivos deben ser idénticos a los de los medicamentos oncológicos inyectables, garantizando la igualdad de costos.
La cobertura obligatoria se extiende a todos los principales programas federales de salud a partir de 2025.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_8128
Patrocinador: Rep. DeLauro, Rosa L. [D-CT-3]
Fecha de inicio: 2024-04-26