Vales de Vivienda Garantizados y Apoyo para Jóvenes Adultos sin Hogar.
Esta Ley establece un programa de derecho que garantiza el acceso a Vales de Elección de Vivienda (Sección 8) para jóvenes adultos (18-30 años) y menores emancipados con vivienda inestable, a partir del Año Fiscal 2026. Exige servicios de apoyo voluntarios como capacitación laboral y asistencia legal, al tiempo que limita la capacidad de las agencias de vivienda para denegar solicitudes basándose en el historial crediticio o problemas legales pasados. Además, mejora significativamente el acceso a los programas de HUD para personas con dominio limitado del inglés.
Puntos clave
Creación de un derecho a Vales de Elección de Vivienda (Sección 8) para jóvenes adultos elegibles (18-30 años), asegurando asistencia de alquiler garantizada en lugar de depender de fondos limitados.
Restricción de los criterios de selección de las agencias de vivienda (historial crediticio, ingresos, antecedentes legales), obligándolas a considerar circunstancias atenuantes.
Obligación a HUD de establecer un servicio telefónico de interpretación gratuito las 24 horas y traducir documentos vitales para atender mejor a las personas con dominio limitado del inglés.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_8722
Patrocinador: Rep. Watson Coleman, Bonnie [D-NJ-12]
Fecha de inicio: 2024-06-12