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Alivio fiscal: Cuotas de ministerios de salud compartida tratadas como gastos médicos.

Esta ley permite a las personas que participan en Ministerios de Compartición de Atención Médica (HCSM) deducir sus cuotas de membresía y gastos administrativos como gastos médicos en sus declaraciones de impuestos. Este cambio, efectivo a partir de 2025, ofrece un posible alivio fiscal para los participantes que detallan sus deducciones. La legislación también aclara que estos ministerios no se consideran planes de salud o seguros tradicionales a efectos fiscales.
Puntos clave
Las cuotas de membresía y los gastos compartidos de los Ministerios de Compartición de Atención Médica se convierten en gastos médicos deducibles.
El cambio se aplica a los años fiscales que comiencen después del 31 de diciembre de 2024.
Los HCSM quedan explícitamente excluidos de ser tratados como planes de salud o seguros bajo el Código de Rentas Internas.
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Información adicional
To amend the Internal Revenue Code of 1986 to treat membership in a health care sharing ministry as a medical expense, and for other purposes.
Número de impresión: HR 8776
Patrocinador: Rep. Kelly, Mike [R-PA-16]
Fecha de inicio: 2024-06-18