Ley de Reducción de la Violencia Armada: Controles Universales y Órdenes de Riesgo Extremo.
Esta ley exige verificaciones de antecedentes federales para casi todas las transferencias privadas de armas de fuego, eliminando vacíos legales. Establece estándares nacionales para las Órdenes de Protección de Riesgo Extremo (leyes de bandera roja), permitiendo a los tribunales retirar temporalmente armas a individuos considerados peligrosos. Además, refuerza la seguridad al requerir la denuncia obligatoria de armas perdidas o robadas y penaliza el almacenamiento negligente cerca de menores.
Puntos clave
Se requieren verificaciones de antecedentes para casi todas las ventas privadas de armas de fuego.
Se establece un marco nacional para las órdenes de "Bandera Roja" que permiten la retirada temporal de armas a personas que representan un peligro.
Se limita la compra de pistolas a una por cada 30 días para personas sin licencia.
Obligación de informar a la policía sobre armas perdidas o robadas dentro de las 48 horas.
Se prohíbe la posesión de armas a personas condenadas por acoso (stalking) y se sanciona el almacenamiento imprudente de armas cargadas al alcance de niños menores de 14 años.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_HR_8907
Patrocinador: Rep. Scott, Robert C. "Bobby" [D-VA-3]
Fecha de inicio: 2024-06-28