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Ley Federal Exige Definición Biológica de Sexo, Masculino y Femenino.

Esta legislación obliga a todas las leyes federales y regulaciones de agencias a utilizar definiciones estrictamente biológicas para los términos relacionados con el sexo. El sexo se define legalmente basándose en el sistema reproductivo (capacidad de producir óvulos o esperma), excluyendo explícitamente la autoidentificación o la identidad de género. El objetivo es estandarizar el significado de estos términos en todo el gobierno federal.
Puntos clave
Todas las agencias federales deben interpretar el término «sexo» como determinado biológicamente (masculino o femenino).
El sexo se define en función de la capacidad reproductiva, no de la autoidentificación o identidad de género.
La ley establece explícitamente que la «identidad de género» no es sinónimo de «sexo» o «género» bajo la ley federal.
Los términos «mujer», «hombre», «madre» y «padre» están legalmente vinculados a estas definiciones biológicas.
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Número de impresión: 118_HR_9218
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Fecha de inicio: 2024-07-30