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Mayor Seguridad, Derechos del Consumidor y Asistencia a Víctimas en Cruceros

Esta Ley mejora significativamente los derechos del consumidor y los estándares de seguridad en los cruceros mediante el establecimiento de una Oficina de Protección del Consumidor Marítimo. Los cambios clave incluyen la prohibición de las cláusulas de arbitraje obligatorio y la renuncia a demandas colectivas en los contratos de billetes, asegurando que los pasajeros mantengan su derecho a demandar en los tribunales. También exige medidas de seguridad mejoradas, informes de delitos más rápidos y servicios de apoyo integral para las víctimas.
Puntos clave
Acceso Pleno a los Tribunales: Se prohíbe a las líneas de cruceros utilizar cláusulas de arbitraje pre-disputa o renuncias a demandas colectivas, permitiendo a los ciudadanos estadounidenses presentar reclamaciones legales en los tribunales.
Tecnología Obligatoria de Detección de Caídas al Agua: Los buques deben instalar tecnología certificada para detectar pasajeros que hayan caído por la borda, además de aumentar la altura de las barandillas y registrar electrónicamente el acceso de la tripulación a los camarotes.
Asistencia a Víctimas e Informes Rápidos de Delitos: Establece una línea directa 24 horas y servicios de apoyo federales para las víctimas de delitos, exigiendo a las líneas de cruceros que notifiquen al FBI sobre incidentes graves dentro de las 4 horas.
Transparencia Contractual: Las líneas de cruceros deben proporcionar resúmenes claros y concisos de los términos clave del contrato, incluidas las tarifas ocultas y los límites de responsabilidad, antes de que el contrato sea vinculante.
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Número de impresión: 118_HR_9312
Patrocinador: Rep. Matsui, Doris O. [D-CA-7]
Fecha de inicio: 2024-08-06