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Compartir instalaciones diplomáticas de EE. UU. con aliados clave en el extranjero.

Esta legislación permite al Departamento de Estado de EE. UU. modificar y equipar propiedades gubernamentales en el extranjero para que sean utilizadas conjuntamente por los gobiernos de países socios estratégicos (miembros de la OTAN o aliados principales no pertenecientes a la OTAN). Esto busca mejorar la cooperación diplomática y operativa. Los países socios pueden ser obligados a reembolsar los costos de estas adaptaciones, aliviando la carga financiera para los contribuyentes estadounidenses.
Puntos clave
Autoriza a los aliados estratégicos de EE. UU. (como los países de la OTAN) a compartir espacio de oficinas en las instalaciones diplomáticas estadounidenses en el extranjero.
El Departamento de Estado puede exigir a los países socios el reembolso de los gastos de reparación y mobiliario de los espacios compartidos.
Fortalece la coordinación diplomática y la seguridad con los principales socios internacionales.
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Número de impresión: 118_HR_9437
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Fecha de inicio: 2024-08-30