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Programa de Prevención del Suicidio de Veteranos Extendido y Atención de Emergencia Garantizada.

Esta Ley extiende y mejora el Programa de Subvenciones para la Prevención del Suicidio de Veteranos hasta septiembre de 2027, asegurando la financiación continua para las organizaciones de apoyo. Un cambio crítico garantiza que si un veterano remitido para recibir ayuda no recibe servicios dentro de las 72 horas, califica automáticamente para atención de emergencia inmediata por riesgo de suicidio. Estas medidas buscan estandarizar la detección y asegurar un acceso rápido al apoyo vital.
Puntos clave
El programa de subvenciones para la prevención del suicidio de veteranos se vuelve a autorizar y se extiende hasta el 30 de septiembre de 2027.
Se establece una red de seguridad: si la VA no proporciona servicios dentro de las 72 horas posteriores a la remisión, el veterano tiene garantizada la elegibilidad para la atención de emergencia por suicidio.
Los nuevos beneficiarios de subvenciones deben utilizar el Protocolo Columbia estandarizado (C-SSRS) para la detección del riesgo de suicidio.
La coordinación entre los centros médicos locales de la VA y los beneficiarios de subvenciones debe mejorar mediante sesiones informativas trimestrales obligatorias.
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Encuesta ciudadana
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Información adicional
Número de impresión: 118_HR_9438
Patrocinador: Rep. Miller-Meeks, Mariannette [R-IA-1]
Fecha de inicio: 2024-08-30