Definición de Sexo Biológico en Ley Federal: Establecimiento de Derechos de la Mujer
Esta resolución busca estandarizar legalmente la definición de sexo en la ley federal, especificándola estrictamente como el sexo biológico (masculino o femenino) al nacer. Esto establece reglas claras para el uso de términos como "mujer", "hombre", "madre" y "padre" en contextos federales. Tiene un impacto directo en las normas que rigen los espacios segregados por sexo, como refugios, prisiones y competiciones deportivas.
Puntos clave
El sexo, a efectos de la ley federal, se define como el sexo biológico de un individuo (masculino o femenino) al nacer.
Los términos "mujer" y "niña" se refieren exclusivamente a las hembras humanas, y "hombre" y "niño" a los machos humanos.
Se reafirma la necesidad de distinguir entre sexos en deportes, prisiones, refugios de violencia doméstica y baños, por motivos de seguridad y privacidad.
Las agencias gubernamentales que recopilan datos desglosados por sexo deben basar esos datos en el sexo biológico al nacer.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_SRES_53
Patrocinador: Sen. Hyde-Smith, Cindy [R-MS]
Fecha de inicio: 2023-02-09