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Control estricto de exportación de armas: Protección de derechos humanos y veto a países criminales.

Esta ley busca endurecer las normas para la venta de armas y servicios de defensa estadounidenses en el extranjero, estableciendo los derechos humanos y el derecho humanitario como criterios clave. Exige que el gobierno de EE. UU. detenga las ventas de armas a países que cometan genocidio o crímenes de guerra, a menos que tomen medidas para enjuiciar a los responsables y proporcionar compensación. Para los ciudadanos, estos cambios aumentan la rendición de cuentas del gobierno sobre cómo se utiliza el equipo militar estadounidense a nivel mundial, reduciendo potencialmente el riesgo de que sus impuestos apoyen a regímenes que violan los derechos humanos.
Puntos clave
Prohibición de venta de armas: Se introduce una prohibición absoluta de la venta, exportación o transferencia de artículos de defensa a países cuyos gobiernos cometan genocidio o crímenes de guerra.
Mayor supervisión del Congreso: Las ventas de armas a países que hayan sufrido un golpe de Estado o cuyas fuerzas de seguridad hayan cometido graves violaciones de derechos humanos estarán sujetas a revisión obligatoria y posible desaprobación por parte del Congreso, independientemente del valor.
Monitoreo del uso final: Los acuerdos de venta de armas deben incluir el compromiso de que el equipo no se utilizará para violar el derecho humanitario internacional o los derechos humanos, y el gobierno de EE. UU. debe monitorear este uso.
Nuevos criterios de venta: Al considerar las exportaciones de armas, el Departamento de Estado debe evaluar en qué medida el país receptor protege los derechos humanos y apoya las instituciones democráticas.
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Número de impresión: 118_S_1025
Patrocinador: Sen. Menendez, Robert [D-NJ]
Fecha de inicio: 2023-03-29