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Soberanía Laboral Tribal: Exención de empresas indígenas de la ley federal de trabajo.

Esta ley excluye a las tribus indígenas y sus empresas ubicadas en tierras tribales de la definición de "empleador" bajo la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA). Como resultado, las normas que rigen la sindicalización y la negociación colectiva en estas empresas serán determinadas por la ley tribal, no por la ley federal. Esto otorga a las tribus mayor autonomía sobre sus asuntos laborales internos.
Puntos clave
Las empresas tribales ubicadas en tierras indígenas ya no estarán sujetas a la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA) federal.
Los derechos de los empleados con respecto a la formación de sindicatos y la negociación colectiva en estas empresas se regirán por la ley específica de la tribu indígena.
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Número de impresión: 118_S_1328
Patrocinador: Sen. Moran, Jerry [R-KS]
Fecha de inicio: 2023-04-27