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Ley de Inmigración: Modificación de cómo afectan las condenas penales pasadas.

Esta ley cambia la forma en que las autoridades de inmigración consideran los fallos penales anteriores, ayudando a los no ciudadanos a mantener su estatus legal. Las condenas que hayan sido desestimadas, eliminadas o indultadas ya no contarán como base para la deportación o la denegación de entrada. Además, al evaluar la duración de la sentencia, solo se cuenta el tiempo de prisión ordenado realmente, excluyendo las partes de la sentencia suspendidas.
Puntos clave
Las condenas penales que hayan sido eliminadas, anuladas o indultadas no se considerarán en los procedimientos de inmigración (por ejemplo, casos de deportación).
La duración de la pena de prisión utilizada para determinar las consecuencias migratorias solo incluirá el tiempo real de encarcelamiento ordenado, excluyendo las penas suspendidas.
Los tribunales sentenciadores pueden recomendar que un individuo no sea deportado basándose en una condena, y las autoridades de inmigración deben acatar esta recomendación.
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Información adicional
Número de impresión: 118_S_1343
Patrocinador: Sen. Padilla, Alex [D-CA]
Fecha de inicio: 2023-04-27