Vigilancia y control más estrictos para patrocinadores de niños migrantes no acompañados.
Esta ley exige verificaciones de antecedentes rigurosas, incluyendo huellas dactilares y registros de abuso, para las personas que patrocinan a niños migrantes no acompañados, buscando mejorar la seguridad infantil y prevenir la trata. Requiere visitas domiciliarias obligatorias antes y después de la liberación, incluyendo múltiples controles sin previo aviso durante los primeros dos años de colocación. La ley también exige la verificación retroactiva de los patrocinadores que han acogido niños desde enero de 2021.
Puntos clave
Todos los adultos en el hogar de un posible patrocinador deben someterse a una verificación exhaustiva, incluyendo antecedentes penales basados en huellas dactilares y registros de delincuentes sexuales.
Se exigen visitas domiciliarias presenciales obligatorias y sin previo aviso: al menos 5 durante el primer año y 4 durante el segundo año después de la colocación del niño.
La colocación está generalmente prohibida con patrocinadores que se encuentran ilegalmente en EE. UU., a menos que sean padres biológicos, tutores legales o parientes cercanos del niño.
Los patrocinadores que recibieron niños desde enero de 2021 deben someterse inmediatamente al nuevo y más estricto proceso de verificación.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_1461
Patrocinador: Sen. Scott, Rick [R-FL]
Fecha de inicio: 2023-05-04