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Cuidado vital obligatorio para bebés que sobreviven al aborto: Nuevas penas.

Esta ley exige que los profesionales de la salud brinden el mismo grado de atención vital a un bebé que sobrevive a un intento de aborto que a cualquier otro recién nacido de la misma edad gestacional. Establece severas sanciones penales, incluyendo hasta cinco años de prisión, para el personal médico que no cumpla, tratando el asesinato intencional de dicho bebé como homicidio. La madre está protegida de ser procesada y se le otorga el derecho de buscar daños civiles contra los profesionales infractores.
Puntos clave
Los proveedores de atención médica deben proporcionar inmediatamente atención vital completa y trasladar a un hospital a cualquier niño nacido vivo después de un intento de aborto.
La falta de atención es un delito punible con hasta 5 años de prisión; el asesinato intencional se trata como homicidio.
Las madres están protegidas de la persecución penal y pueden presentar demandas civiles por daños contra el personal que incumpla.
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Número de impresión: 118_S_204
Patrocinador: Sen. Thune, John [R-SD]
Fecha de inicio: 2023-02-01