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Seguridad de Atletas Universitarios: Planes de Emergencia Obligatorios por Enfermedades de Calor.

Esta ley exige que las universidades que participan en conferencias atléticas creen e implementen planes de emergencia específicos para enfermedades relacionadas con el calor en cada instalación deportiva. El objetivo es proteger a los estudiantes atletas asegurando el acceso inmediato a equipos de salvamento y procedimientos estandarizados, previniendo muertes. Estos protocolos mejoran significativamente la seguridad de los jóvenes que practican deportes universitarios.
Puntos clave
Las universidades deben desarrollar planes de emergencia detallados y específicos para cada lugar para enfermedades por calor (incluido el golpe de calor) dentro de un año.
Los planes deben exigir el uso de equipos de inmersión en agua fría y desfibriladores externos automáticos (DEA), y ser ensayados anualmente por atletas y personal.
Estos protocolos de seguridad deben publicarse en todas las instalaciones deportivas y compartirse con los servicios de emergencia locales.
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Número de impresión: 118_S_2081
Patrocinador: Sen. Cardin, Benjamin L. [D-MD]
Fecha de inicio: 2023-06-21