Financiación anticipada para la estabilidad de programas de salud y educación tribales.
Esta ley autoriza asignaciones anticipadas (fondos aprobados con un año de antelación) para programas federales cruciales que apoyan a las tribus nativas americanas, incluidos los servicios de salud y educación. El objetivo es garantizar la estabilidad financiera y evitar interrupciones en los servicios causadas por retrasos presupuestarios anuales. Este cambio proporciona certeza a las instalaciones de salud y escuelas tribales sobre los recursos disponibles para el próximo año fiscal.
Puntos clave
Asegura financiación estable y anticipada para el Servicio de Salud Indígena (IHS), protegiendo los servicios de atención médica esenciales de las incertidumbres presupuestarias.
Extiende la autoridad de financiación anticipada a la Oficina de Asuntos Indígenas (BIA) y la Oficina de Educación Indígena (BIE), estabilizando fondos para escuelas, construcción y operaciones tribales.
Requiere estimaciones presupuestarias futuras detalladas e informes anuales sobre la suficiencia de recursos, mejorando la transparencia y la planificación a largo plazo.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_2424
Patrocinador: Sen. Lujan, Ben Ray [D-NM]
Fecha de inicio: 2023-07-20