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Teletrabajo completo para cónyuges de militares empleados por el Departamento de Defensa.

Esta ley protege el empleo de los cónyuges de militares que trabajan para el Departamento de Defensa y que deben reubicarse debido a un cambio de destino permanente de su pareja. Obliga al Departamento de Defensa a autorizar el teletrabajo al 100% si las funciones lo permiten, estabilizando sus carreras. Si se niega el teletrabajo, se debe ofrecer al cónyuge una reasignación o una licencia sin sueldo prolongada.
Puntos clave
Los empleados del Departamento de Defensa que sean cónyuges de militares y se reubiquen pueden solicitar el teletrabajo a tiempo completo si sus deberes no requieren presencia física.
Si se niega el teletrabajo, el Departamento de Defensa debe ofrecer una reasignación al nuevo destino o conceder una licencia sin sueldo de hasta 36 meses.
El objetivo es mitigar la inestabilidad laboral y la tensión financiera que sufren las familias militares debido a los traslados frecuentes.
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Número de impresión: 118_S_2533
Patrocinador: Sen. Feinstein, Dianne [D-CA]
Fecha de inicio: 2023-07-26