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Permisos de trabajo acelerados para solicitantes de asilo: 30 días de espera.

Esta legislación reduce significativamente el período de espera para la autorización de empleo para los solicitantes de asilo elegibles, pasando de 180 días a solo 30 días después de presentar su solicitud. El cambio busca permitir que estas personas se incorporen al mercado laboral legal más rápidamente, disminuyendo su dependencia de la asistencia externa mientras se resuelve su caso. Los permisos de trabajo iniciales tendrán una validez de dos años y serán renovables.
Puntos clave
Se reduce el período mínimo de espera para la autorización de empleo para los solicitantes de asilo que califiquen, de 180 días a 30 días después de la presentación de la solicitud.
Se establece una vía de autorización acelerada para los solicitantes que ingresaron por puertos de entrada designados o han estado presentes continuamente desde la promulgación de la ley y no están detenidos.
La autorización de empleo tendrá una validez inicial de dos años y podrá renovarse mientras el proceso de asilo esté pendiente.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Expirado
Encuesta ciudadana
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Información adicional
Número de impresión: 118_S_255
Patrocinador: Sen. Collins, Susan M. [R-ME]
Fecha de inicio: 2023-02-02