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Pago garantizado a la Guardia Costera durante lapsos de financiación gubernamental.

Esta ley garantiza el pago continuo de salarios y beneficios para el personal militar, civil y contratado de la Guardia Costera de EE. UU. si el Congreso no aprueba a tiempo su presupuesto específico, siempre que el presupuesto del Departamento de Defensa esté asegurado. Esto protege a las familias de la Guardia Costera de las dificultades financieras durante posibles cierres del gobierno. El objetivo es garantizar un trato financiero equitativo con respecto a otras ramas de las Fuerzas Armadas.
Puntos clave
Garantiza el pago a los miembros y empleados de la Guardia Costera incluso si su financiación específica expira, siempre que el Departamento de Defensa esté financiado.
Asegura la continuación de beneficios críticos, incluidas las asignaciones de vivienda para dependientes y los pagos por fallecimiento.
Establece el principio de trato financiero equitativo para la Guardia Costera en comparación con otras Fuerzas Armadas de EE. UU.
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Información adicional
Número de impresión: 118_S_2791
Patrocinador: Sen. Cruz, Ted [R-TX]
Fecha de inicio: 2023-09-13