Ampliación de la Beca Fry para Cónyuges e Hijos de Veteranos.
Esta ley amplía el acceso a la beca educativa Fry para las familias militares. Los cónyuges e hijos de los miembros del servicio que fallezcan por una discapacidad relacionada con el servicio dentro de los 120 días posteriores a su baja ahora calificarán para estos beneficios. Este cambio proporciona un apoyo financiero crucial para la educación de las familias que perdieron a un ser querido debido a condiciones relacionadas con el servicio.
Puntos clave
La elegibilidad para la Beca Fry se amplía para incluir a las familias de miembros del servicio que mueran por una discapacidad relacionada con el servicio dentro de los 120 días posteriores a la baja.
Los beneficios están disponibles para cónyuges e hijos sobrevivientes, siempre que el miembro del servicio haya sido dado de baja con honores.
Los cambios se aplican a las muertes ocurridas antes, durante o después de la promulgación, pero los beneficios educativos comenzarán para los trimestres que inicien el 1 de agosto de 2024.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_350
Patrocinador: Sen. Lankford, James [R-OK]
Fecha de inicio: 2023-02-09