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Prohibición de Actividad Paramilitar Privada No Autorizada: Refuerzo de la Seguridad Pública

La ley establece una prohibición federal de las actividades paramilitares privadas no autorizadas, dirigidas a grupos armados que patrullan públicamente, entrenan técnicas de combate o intentan interferir con las operaciones gubernamentales. Esto busca aumentar la seguridad pública y proteger los derechos civiles de los ciudadanos contra grupos armados que operan sin control estatal. Los ciudadanos perjudicados por tales actividades tienen derecho a presentar demandas civiles por daños y perjuicios.
Puntos clave
Prohibición: La ley prohíbe a las organizaciones paramilitares privadas (3 o más personas armadas bajo una estructura de mando) patrullar públicamente o entrenar técnicas capaces de causar lesiones o la muerte.
Protección de Derechos: Las actividades prohibidas incluyen interferir con operaciones gubernamentales, intimidar a ciudadanos en el ejercicio de sus derechos constitucionales o asumir funciones de agentes de la ley.
Sanciones: Las violaciones conllevan multas y penas de prisión de hasta 1 año (hasta 5 años si resultan en lesiones corporales, o cadena perpetua si resultan en muerte).
Excepciones: Las Fuerzas Armadas, la Guardia Nacional, las recreaciones históricas, las organizaciones de veteranos y la formación militar/de seguridad autorizada están exentas.
Acciones Civiles: El Fiscal General y las personas perjudicadas pueden iniciar acciones civiles para obtener órdenes de cese y compensación por daños.
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Número de impresión: 118_S_3589
Patrocinador: Sen. Markey, Edward J. [D-MA]
Fecha de inicio: 2024-01-16