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Admisión garantizada de refugiados: Objetivo mínimo anual de 125.000.

Esta ley exige que el Presidente establezca un objetivo anual mínimo para la admisión de refugiados en EE. UU., que debe ser de al menos 125.000 personas. Esto asegura un compromiso humanitario constante y elevado por parte de Estados Unidos. Además, la legislación aumenta la transparencia al requerir informes trimestrales detallados al Congreso sobre el progreso de las admisiones y los tiempos de procesamiento.
Puntos clave
Establece un objetivo mínimo anual obligatorio de 125.000 admisiones de refugiados; si el Presidente no emite una determinación, el límite es de 125.000.
Requiere que el Presidente considere las necesidades globales de reasentamiento identificadas por la ONU al establecer las asignaciones regionales.
Introduce la obligación de informar trimestralmente al Congreso, detallando las cifras de admisión y la velocidad de procesamiento.
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GRACE Act
Número de impresión: S 3714
Patrocinador: Sen. Markey, Edward J. [D-MA]
Fecha de inicio: 2024-01-31