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Nuevas normas de debido proceso para investigaciones en deportes universitarios.

Esta ley exige requisitos estrictos de debido proceso para las principales asociaciones deportivas universitarias (como la NCAA) al investigar a universidades o estudiantes-atletas. Asegura que las investigaciones sean oportunas, transparentes y justas, prohíbe las sanciones basadas en pruebas secretas y permite a las instituciones solicitar un arbitraje vinculante en caso de disputa.
Puntos clave
Las asociaciones deportivas deben notificar a las instituciones sobre una investigación dentro de los 60 días y presentar cargos formales dentro de los 8 meses.
Se prohíbe utilizar información de fuentes confidenciales (anónimas) como base para cualquier decisión o sanción.
Las instituciones pueden impugnar las sanciones a través de un arbitraje independiente y vinculante.
El Fiscal General de EE. UU. puede multar a las asociaciones deportivas hasta con 15 millones de dólares por incumplimiento de estas nuevas normas.
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Número de impresión: 118_S_3739
Patrocinador: Sen. Blackburn, Marsha [R-TN]
Fecha de inicio: 2024-02-06