Prohibición de negocios oficiales del Gobierno de EE. UU. en Gaza y Cisjordania.
Esta ley endurece las sanciones antiterroristas al prohibir que el Presidente de EE. UU. autorice negocios oficiales del gobierno (por empleados, beneficiarios de subvenciones o contratistas) en la Franja de Gaza o Cisjordania si dicha actividad violaría las sanciones existentes. Impide el uso de exenciones o licencias para eludir estas reglas, y cualquier excepción existente se cancela de inmediato. Esto afecta directamente la forma en que se llevan a cabo la política exterior y las operaciones de ayuda de EE. UU. en estos territorios.
Puntos clave
Prohíbe al Presidente emitir nuevas exenciones o licencias que permitan negocios oficiales del Gobierno de EE. UU. en Gaza o Cisjordania si violan las sanciones antiterroristas.
Rescinde todas las excepciones y licencias existentes que previamente permitían a empleados o contratistas del gobierno operar en estas áreas a pesar de las sanciones.
Garantiza el estricto cumplimiento de las Regulaciones de Sanciones contra el Terrorismo Global y las Organizaciones Terroristas Extranjeras.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_3814
Patrocinador: Sen. Cruz, Ted [R-TX]
Fecha de inicio: 2024-02-27