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Protección al Consumidor: Derecho a Rechazar Alquiler de Vehículo Eléctrico Sin Penalización.

La ley requiere que las empresas de alquiler de coches no puedan obligar a un cliente a alquilar un vehículo eléctrico (VE) si este no lo ha elegido explícitamente. Si solo hay VE disponibles al recoger el coche y el cliente no optó por uno, puede rescindir el contrato sin penalizaciones. Esto protege la elección del consumidor sobre el tipo de vehículo.
Puntos clave
Las empresas de alquiler deben obtener el consentimiento explícito del cliente ("opt-in") para proporcionar un vehículo eléctrico.
Si solo hay VE disponibles en el momento de la recogida y el cliente no optó por uno, puede rescindir el contrato sin cargos.
Las empresas deben notificar a los clientes a más tardar 12 horas antes si es probable que solo haya VE disponibles, siempre que la reserva se haya hecho antes de las 24 horas previas a la recogida.
Las personas perjudicadas por incumplimientos pueden presentar demandas civiles para recuperar daños y costes legales.
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Número de impresión: 118_S_3865
Patrocinador: Sen. Cotton, Tom [R-AR]
Fecha de inicio: 2024-03-05