Protección de la libertad de expresión y asociación estudiantil en universidades públicas.
Esta ley refuerza los derechos de los estudiantes a la libertad de expresión y asociación en las instituciones públicas de educación superior que reciben fondos federales. Exige estándares claros y neutrales en cuanto al punto de vista para el reconocimiento de organizaciones estudiantiles, la distribución de cuotas de actividad y la evaluación de tarifas de seguridad para eventos. Los estudiantes pueden demandar a las universidades en tribunales federales por violaciones, y las instituciones corren el riesgo de perder financiación federal si no cumplen.
Puntos clave
Las universidades no pueden negar el reconocimiento a grupos estudiantiles solo por falta de un asesor de la facultad o afiliación nacional.
La asignación de fondos y las tarifas de seguridad deben ser objetivas y neutrales respecto al contenido o punto de vista expresado.
Los estudiantes pueden presentar demandas civiles por violaciones, pudiendo recibir daños compensatorios y honorarios de abogados.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_4106
Patrocinador: Sen. Ernst, Joni [R-IA]
Fecha de inicio: 2024-04-10