Atención gratuita de salud mental y adicciones durante y después del embarazo.
Esta ley elimina los costos de bolsillo (como copagos o deducibles) para los servicios de salud mental y trastornos por uso de sustancias para personas embarazadas y durante un año después del parto. Los planes de salud grupales e individuales deben cubrir estos servicios dentro de la red en su totalidad, eliminando las barreras financieras para acceder a la atención crítica durante este período vulnerable.
Puntos clave
Costo compartido cero: Las aseguradoras no pueden cobrar ningún costo de bolsillo por servicios de salud mental y adicciones desde el diagnóstico del embarazo hasta el período de un año posparto.
Continuidad del tratamiento: Asegura que las pacientes que iniciaron tratamiento durante el embarazo puedan continuar viendo al mismo proveedor dentro de la red hasta un año después del parto.
Aplicación futura: Los cambios entrarán en vigor para los años del plan que comiencen dos años después de la promulgación de la ley.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_4331
Patrocinador: Sen. Shaheen, Jeanne [D-NH]
Fecha de inicio: 2024-05-14