Restricciones del servicio militar para personas transgénero basadas en el sexo biológico.
Esta ley establece requisitos estrictos de elegibilidad para las personas transgénero que sirven en las Fuerzas Armadas. Descalifica a las personas que se han sometido o buscan procedimientos de transición de género, incluidas las intervenciones hormonales y quirúrgicas. Todos los miembros del servicio deben servir de acuerdo con su sexo biológico, y los registros militares (DEERS) deben actualizarse para reflejar este sexo biológico.
Puntos clave
Las personas que se han sometido o buscan procedimientos de transición de género (hormonas, cirugía) quedan descalificadas para el servicio militar.
Todos los miembros del servicio deben servir de acuerdo con su sexo biológico, y los registros de identificación militar deben coincidir con este sexo.
Aquellos con antecedentes de disforia de género solo pueden servir si han estado estables en su sexo biológico durante 36 meses antes de unirse y no se someten a procedimientos de transición mientras están en servicio.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_435
Patrocinador: Sen. Rubio, Marco [R-FL]
Fecha de inicio: 2023-02-15