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Redirección de fondos COVID para la construcción del muro fronterizo sur

Esta ley establece un fondo dedicado a la construcción y mantenimiento de barreras físicas a lo largo de la frontera sur de EE. UU. La financiación proviene de todos los montos no obligados que originalmente se asignaron a los gobiernos estatales y locales para la recuperación fiscal del coronavirus. El Secretario de Seguridad Nacional tiene la tarea de utilizar estos fondos para la infraestructura fronteriza.
Puntos clave
Establecimiento del Fondo de Construcción del Muro Fronterizo Sur dentro del Tesoro.
Transferencia inmediata de todos los fondos de recuperación fiscal del Coronavirus estatales y locales no obligados al nuevo Fondo.
Los fondos serán utilizados por el Secretario de Seguridad Nacional para construir y mantener barreras físicas a lo largo de la frontera sur.
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Información adicional
Número de impresión: 118_S_4392
Patrocinador: Sen. Barrasso, John [R-WY]
Fecha de inicio: 2024-05-22