Monitoreo GPS Obligatorio y Deportación Acelerada por Incumplimiento de Liberación
Esta ley endurece las normas para las personas liberadas que esperan decisiones de inmigración. Impone el monitoreo GPS continuo y un toque de queda (22:00 a 5:00) para todos estos individuos. El cambio más importante es que el incumplimiento de las condiciones de liberación resultará en una orden de deportación inmediata emitida en ausencia de la persona.
Puntos clave
Todas las personas no detenidas en espera de procedimientos de inmigración deben estar sujetas a monitoreo GPS continuo hasta la conclusión de los procedimientos o hasta la deportación.
Se establece un toque de queda obligatorio: las personas deben permanecer en su domicilio registrado entre las 22:00 y las 5:00.
El incumplimiento de cualquier condición de liberación (por ejemplo, violar el toque de queda) resultará en una orden de expulsión inmediata emitida en ausencia (in absentia).
La liberación bajo el programa Alternativas a la Detención solo se permitirá cuando todas las camas de detención disponibles estén ocupadas y se hayan agotado todos los esfuerzos razonables para detener al individuo.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_4689
Patrocinador: Sen. Cruz, Ted [R-TX]
Fecha de inicio: 2024-07-11