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Cambios fiscales: exclusión de la deuda de aseguradoras de los activos de capital.

Esta ley modifica las normas fiscales sobre cómo se clasifican ciertos activos en poder de las compañías de seguros. Específicamente, excluye la deuda (como bonos y pagarés) en poder de la mayoría de las aseguradoras nacionales de la definición de activos de capital. Aunque estos cambios son técnicos y afectan principalmente a la industria financiera, pueden influir indirectamente en la estabilidad y la gestión de riesgos de las compañías de seguros que salvaguardan los ahorros y el futuro financiero de los ciudadanos.
Puntos clave
Los instrumentos de deuda (bonos, pagarés) en poder de la mayoría de las compañías de seguros nacionales ya no serán tratados como activos de capital a efectos fiscales.
Este cambio afecta principalmente a cómo las aseguradoras calculan las ganancias y pérdidas de estos activos, lo que podría influir en sus estrategias de inversión.
Una regla de transición permite a las aseguradoras tratar las pérdidas de capital pasadas de estos activos como arrastres de pérdidas operativas netas, lo que podría reducir las obligaciones fiscales futuras.
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Número de impresión: 118_S_4740
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Fecha de inicio: 2024-07-23