Restricción de la venta de armas de asalto militares y municiones al mercado civil
Esta ley restringe la venta de armas de asalto de grado militar y municiones específicas por parte del Departamento de Defensa al mercado comercial. Impone nuevos y estrictos requisitos a los distribuidores civiles de armas de fuego y municiones que deseen hacer negocios con el Departamento de Defensa, incluyendo verificaciones de antecedentes obligatorias (NICS) y límites de venta. El objetivo es aumentar la seguridad pública limitando el flujo de equipos militares peligrosos y elevando los estándares de venta de armas.
Puntos clave
Prohibición total para el Departamento de Defensa de vender armas de asalto de grado militar y municiones cubiertas (calibre superior a .22) al mercado comercial.
Introducción de requisitos rigurosos para los distribuidores de armas y municiones (incluidas licencias de municiones y límites de venta) para ser elegibles para contratos con el Departamento de Defensa.
Los distribuidores deben implementar capacitación obligatoria para empleados para reconocer a los 'compradores de paja' (straw purchasers) e indicadores de intención ilegal o autolesión.
Los distribuidores de municiones deben limitar las ventas a un solo comprador en un período de 30 días (máximo 500 cartuchos de munición cubierta o 1000 de otra munición).
Exigencia de que los distribuidores mantengan registros electrónicos consultables de forma remota del inventario de armas de fuego y las transacciones de municiones para ayudar a rastrear las armas utilizadas en crímenes.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_5032
Patrocinador: Sen. Warren, Elizabeth [D-MA]
Fecha de inicio: 2024-09-12