Aumento de penas por dañar, manipular o interrumpir operaciones de oleoductos.
Esta ley amplía la lista de acciones consideradas delitos federales en relación con la infraestructura de oleoductos. Esto significa que no solo el daño o la destrucción, sino también el vandalismo, la manipulación o la interrupción del funcionamiento o la construcción de oleoductos estarán sujetos a sanciones penales. El objetivo es mejorar la seguridad del transporte de energía, lo que afecta indirectamente la estabilidad del suministro y los costos para los ciudadanos.
Puntos clave
Definición ampliada de delitos: Las sanciones penales se aplicarán no solo por dañar o destruir oleoductos, sino también por vandalismo, manipulación o interrupción de su funcionamiento o construcción.
Mayor protección de la infraestructura: El cambio busca asegurar mejor la infraestructura energética crítica, lo que podría resultar en suministros de energía más estables para hogares y empresas.
Impacto en la seguridad energética: Al disuadir la interferencia, la ley busca proteger la cadena de suministro de energía esencial para la vida diaria.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_5045
Patrocinador: Sen. Cruz, Ted [R-TX]
Fecha de inicio: 2024-09-12