Apoyo a Víctimas de Agresión Sexual en Campus: Abogados Independientes Obligatorios
La Ley exige que cada institución de educación superior que reciba asistencia financiera federal designe un Abogado Independiente para la Prevención y Respuesta a la Agresión Sexual en el Campus. El Abogado debe representar los intereses de la víctima, incluso si entran en conflicto con los de la institución, garantizando apoyo confidencial, acceso a atención médica, asesoramiento y asistencia en procesos administrativos y legales. Los estudiantes obtienen la garantía de acceso a ayuda independiente y confidencial en caso de agresión sexual en el campus, sin temor a represalias por parte de la institución.
Puntos clave
Abogado Independiente Obligatorio: Todas las universidades financiadas con fondos federales deben nombrar un Abogado para apoyar a las víctimas de agresión sexual, operando de forma independiente de los órganos de investigación.
Confidencialidad y No Represalias: El Abogado debe mantener la privacidad de la víctima. Las víctimas no pueden ser sancionadas por denunciar la agresión al Abogado.
Servicios Integrales 24/7: El Abogado garantiza acceso las 24 horas a atención médica de emergencia, exámenes forenses, asesoramiento en crisis e información legal.
Representación de la Víctima: El Abogado representa los intereses de la víctima, y no puede ser sancionado por la institución por hacerlo, incluso si hay conflicto de intereses.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_5086
Patrocinador: Sen. Kaine, Tim [D-VA]
Fecha de inicio: 2024-09-18