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Preservación Permanente de Plum Island, Nueva York: Ecología, Historia y Acceso Público.

Esta Ley exige la protección permanente de Plum Island, Nueva York, evitando su venta y desarrollo comercial. Los objetivos principales son la conservación ecológica, la preservación del patrimonio histórico y el mantenimiento del acceso público. Las autoridades federales deben iniciar un proceso dentro de 180 días para desarrollar un plan de gestión ecológica a largo plazo en consulta con diversas partes interesadas.
Puntos clave
Plum Island se designa permanentemente para la conservación y el patrimonio cultural, asegurando su preservación para las generaciones futuras.
La ley requiere mantener el acceso a la Isla, lo que podría beneficiar el turismo, la educación y la recreación para residentes y visitantes.
Las agencias federales deben consultar con agencias estatales, gobiernos tribales y partes interesadas para crear un plan de gestión ecológica, garantizando la transparencia del proceso.
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Estado: Expirado
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Información adicional
Número de impresión: 118_S_5099
Patrocinador: Sen. Blumenthal, Richard [D-CT]
Fecha de inicio: 2024-09-18