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Ley de Tecnologías Fronterizas Innovadoras: Plan de Implementación y Evaluación de Impacto

La ley requiere que el Secretario de Seguridad Nacional desarrolle un plan para identificar y desplegar nuevas tecnologías seguras para apoyar las necesidades de la misión de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) a lo largo de las fronteras y en los puertos de entrada. Este plan, presentado al Congreso, debe incluir una evaluación del impacto potencial de estas tecnologías en la privacidad, los derechos civiles y las libertades civiles, junto con medidas de mitigación. La ley también prevé un análisis de los programas tecnológicos heredados que podrían eliminarse gradualmente y reemplazarse con nuevas soluciones.
Puntos clave
Requisito de presentar un plan para el despliegue de tecnologías innovadoras (por ejemplo, sistemas no tripulados, tecnología de vigilancia, nuevos métodos de inspección) dentro de los 180 días posteriores a la promulgación.
Mandato de evaluar el impacto de las nuevas tecnologías en la privacidad, los derechos civiles y las libertades civiles, e identificar medidas de mitigación.
Autorización para que el Comisionado de CBP mantenga Equipos de Innovación de CBP para investigar y adaptar tecnologías comerciales.
Antes del despliegue a gran escala de nueva tecnología, el Secretario debe considerar los costos y beneficios para asegurar mejoras cuantificables en la seguridad fronteriza.
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Número de impresión: 118_S_5407
Patrocinador: Sen. Cortez Masto, Catherine [D-NV]
Fecha de inicio: 2024-12-02