Exención fiscal: Exclusión de ganancias por venta de tierras para defensa y medio ambiente.
Esta ley introduce una nueva exención fiscal que permite a los propietarios de bienes inmuebles evitar el pago del impuesto sobre la renta por las ganancias obtenidas al vender terrenos al programa REPI (Integración de Preparación y Protección Ambiental) del Departamento de Defensa. El objetivo es incentivar a los ciudadanos a vender voluntariamente sus intereses inmobiliarios, lo que ayuda a proteger las instalaciones militares de la invasión civil y apoya la conservación del medio ambiente. Este cambio se aplica a las ventas de la propiedad completa, intereses residuales o restricciones de uso perpetuas.
Puntos clave
Cero impuestos sobre ganancias: Las ganancias de la venta de intereses inmobiliarios calificados al programa REPI están excluidas del ingreso bruto imponible.
Fomento de la cooperación: La exención busca alentar a los propietarios a cooperar con el ejército para proteger las áreas circundantes a las bases militares.
Limitación de la especulación: La exención no se aplica si la entidad vendedora adquirió la propiedad por venta dentro de los 3 años anteriores a la venta al programa REPI (con excepción de entidades familiares).
Intereses calificados: La exención cubre la venta de la totalidad de la propiedad, un interés residual o una restricción de uso perpetua.
Expirado
Información adicional
Número de impresión: 118_S_5409
Patrocinador: Sen. Budd, Ted [R-NC]
Fecha de inicio: 2024-12-03