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Ley de Reunificación Familiar: Visas Más Rápidas y Reconocimiento de Parejas Permanentes

Esta ley reforma el sistema de inmigración al reclasificar a los cónyuges e hijos menores de residentes permanentes como "familiares inmediatos", con el objetivo de reducir los tiempos de espera para las visas. También introduce la definición de "pareja permanente" (personas en relaciones comprometidas) en las categorías de inmigración, brindándoles un trato similar al de los cónyuges. Además, el proyecto de ley prevé la recuperación de visas familiares y laborales no utilizadas desde los años fiscales 1992 hasta 2023.
Puntos clave
Los cónyuges e hijos menores de residentes permanentes legales se reclasifican como "familiares inmediatos", eximiéndolos de las limitaciones numéricas de visas.
Introducción de las definiciones de "pareja permanente" y "asociación permanente", permitiendo a las parejas en relaciones comprometidas acceder a beneficios migratorios disponibles para parejas casadas.
Recuperación de visas familiares y laborales no utilizadas de los años fiscales 1992 a 2023 para aumentar el grupo de visas disponibles.
Protección para que los niños no pierdan su estatus al cumplir 21 años y ampliación de la elegibilidad para exenciones para personas previamente deportadas.
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Estado: Expirado
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Información adicional
Número de impresión: 118_S_5423
Patrocinador: Sen. Hirono, Mazie K. [D-HI]
Fecha de inicio: 2024-12-04