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Clasificación permanente de análogos del fentanilo como drogas de la Lista I.

Esta ley clasifica permanentemente todas las sustancias químicamente relacionadas con el fentanilo (análogos) en la Lista I de la Ley de Sustancias Controladas. Esto implica que la fabricación, distribución o posesión de estas sustancias estará sujeta a las penas federales más estrictas, similares a las de la heroína. El objetivo es intensificar la lucha contra la crisis de los opioides y frenar el tráfico de drogas sintéticas peligrosas.
Puntos clave
Las sustancias relacionadas con el fentanilo se añaden permanentemente a la Lista I de la Ley de Sustancias Controladas.
Esta clasificación somete el tráfico y la posesión de estos análogos a las penas más altas por delitos de drogas.
La ley convierte las órdenes temporales en permanentes, facilitando la persecución de los traficantes de estas drogas peligrosas.
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Número de impresión: 118_S_614
Patrocinador: Sen. Cotton, Tom [R-AR]
Fecha de inicio: 2023-03-01