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Sin exenciones fiscales para viajes de aborto o transición de género infantil

Este proyecto de ley busca evitar que las empresas deduzcan gastos relacionados con viajes de empleados para abortos o procedimientos de transición de género para sus hijos menores. Esto significa que las empresas no podrán tratar estos gastos como costos comerciales, lo que podría afectar sus políticas de beneficios para empleados.
Puntos clave
Las empresas no podrán deducir de sus impuestos los costos de viaje de los empleados para abortos.
Las empresas no podrán deducir de sus impuestos los costos de los procedimientos de transición de género para los hijos menores de los empleados.
La ley define específicamente qué constituye un procedimiento de transición de género, excluyendo el tratamiento de trastornos del desarrollo sexual médicamente verificables.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Presentado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_1208
Patrocinador: Rep. Mast, Brian J. [R-FL-21]
Fecha de inicio: 2025-02-11