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Exención Fiscal para Indemnizaciones por Agresión/Acoso Sexual

Este proyecto de ley tiene como objetivo eximir del impuesto federal sobre la renta y de otros impuestos federales (como la seguridad social o la jubilación ferroviaria) cualquier sentencia, indemnización o acuerdo recibido en relación con reclamaciones de agresión o acoso sexual. Esto significa que las personas que reciban dichos fondos no tendrán que pagar impuestos sobre ellos, aumentando la cantidad real que reciben.
Puntos clave
Los pagos por reclamaciones de agresión o acoso sexual estarán exentos del impuesto federal sobre la renta.
La exención fiscal incluye salarios atrasados, daños punitivos y honorarios de abogados.
Los cambios también se aplican a los impuestos de la Seguridad Social, la jubilación ferroviaria y el desempleo, lo que significa que no habrá deducciones de estos fondos.
La ley se aplica a los años fiscales que comiencen después de su fecha de promulgación.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Presentado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_1306
Patrocinador: Rep. Frankel, Lois [D-FL-22]
Fecha de inicio: 2025-02-13