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Reducción de la contaminación oceánica de la planta de Point Loma

Esta ley modifica las regulaciones para la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de Point Loma en San Diego, permitiéndole continuar descargando aguas residuales tratadas en el océano, pero con nuevos límites de contaminación progresivamente más estrictos. El objetivo es reducir las sustancias nocivas que ingresan a las aguas marinas, al tiempo que se exige a la Ciudad de San Diego que produzca agua apta para la reutilización potable.
Puntos clave
La planta de Point Loma podrá continuar descargando en el océano, pero con nuevos límites de contaminación más estrictos que disminuirán gradualmente hasta 2031.
Se exige mantener una descarga profunda en el océano a una profundidad de al menos 300 pies y a 4 millas de la costa.
La Ciudad de San Diego debe demostrar la producción de al menos 83 millones de galones por día de agua apta para la reutilización potable para fines de 2039, lo que podría afectar el suministro de agua potable regional.
Requiere 10 años de datos de monitoreo oceánico antes de la solicitud de permiso y monitoreo continuo durante todo el período del permiso para garantizar la seguridad del medio ambiente marino.
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Número de impresión: 119_HR_1390
Patrocinador: Rep. Peters, Scott H. [D-CA-50]
Fecha de inicio: 2025-02-14