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Restablecimiento del umbral de notificación más alto para organizaciones de liquidación de terceros

Este proyecto de ley enmienda el Código de Rentas Internas para restablecer la excepción para pagos de minimis por parte de organizaciones de liquidación de terceros tal como existía antes de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense (American Rescue Plan Act). Según el proyecto de ley, la notificación solo es obligatoria si el monto total de las transacciones supera los 20.000 USD y el número total de transacciones supera las 200. También aplica estos umbrales a los requisitos de retención de respaldo (backup withholding) para los años calendario que comiencen después del 31 de diciembre de 2024.
Puntos clave
Restablece el umbral de notificación para las organizaciones de liquidación de terceros a transacciones que superen los 20.000 USD y las 200 transacciones.
Modifica el código tributario para reflejar las reglas vigentes antes de la Ley del Plan de Rescate Estadounidense.
Aplica estos umbrales de minimis a los requisitos de retención de respaldo a partir de 2025.
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Estado: Presentado
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Información adicional
Número de impresión: 119_HR_1882
Patrocinador: Rep. Miller, Carol D. [R-WV-1]
Fecha de inicio: 2025-03-05