Fin del registro federal y los impuestos sobre rifles y escopetas de cañón corto
Esta ley elimina los rifles y escopetas de cañón corto de la definición de 'arma de fuego' bajo la Ley Nacional de Armas de Fuego (NFA). Esto significa que los ciudadanos que posean estas armas ya no tendrán que pagar impuestos especiales de transferencia ni registrarlas a nivel federal. Además, la ley exige al Fiscal General la destrucción de los registros federales existentes y las solicitudes relacionadas con estas armas en un plazo de 365 días.
Puntos clave
Los rifles y escopetas de cañón corto quedan excluidos de la definición de 'arma de fuego' bajo la Ley Nacional de Armas de Fuego (NFA).
Los propietarios de estas armas ya no estarán obligados a pagar el impuesto federal de transferencia especial ni a registrarlas bajo la NFA.
La ley exige al Fiscal General destruir todos los registros federales existentes y las solicitudes relacionadas con estas armas en el plazo de 365 días.
Las leyes estatales y locales que imponen impuestos (distintos de los impuestos generales sobre las ventas) o requisitos de registro para estas armas quedan anuladas.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_2395
Patrocinador: Rep. Clyde, Andrew S. [R-GA-9]
Fecha de inicio: 2025-03-27