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Ley del Memorial del SIDA de Fire Island: Homenaje y Educación

Esta ley permite la creación de un memorial en Fire Island para honrar a las personas que sufrieron y murieron a causa de la epidemia de SIDA. También busca educar a las futuras generaciones sobre el impacto de esta epidemia en las comunidades locales. Es importante destacar que la construcción y el mantenimiento del memorial no se financiarán con dinero de los contribuyentes, sino con donaciones privadas.
Puntos clave
Autoriza la creación del Memorial del SIDA de Fire Island para honrar a las víctimas de la epidemia.
El memorial servirá para educar sobre la epidemia de SIDA y su impacto en las comunidades de Fire Island.
Todos los costos de diseño, construcción y mantenimiento del memorial deben provenir de fondos no federales (privados).
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Presentado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_2549
Patrocinador: Rep. Garbarino, Andrew R. [R-NY-2]
Fecha de inicio: 2025-04-01